La asistencia familiar es uno de los procesos que muchas madres no se animan a hacer con los padres de sus hijos. Uno de los motivos es la falta de información sobre el proceso, los montos y cómo beneficia al hijo. Aquí resolvemos algunas de las consultas más frecuentas.
La Asistencia Familiar debe pagarse a la madre desde el embarazo y cuando nace el hijo, con el fin de que la madre pueda disponer durante su estado de gravidez. Si eso no ocurre, constituye un delito para el hombre por abandono de mujer embarazada.
La asistencia familiar es obligatoria y si el padre alega no tener trabajo debe asistir el 20% del salario mínimo 2022, o sea de Bs. 450 según criterio del Juez. Así se contempla en el Artículo 112 de la Ley 603.
Si el padre gana un mayor salario o tiene bienes o negocios rentables, estos deben comprobarse y la Asistencia Familiar se incrementa según la necesidad de cada hijo.
La Asistencia Familiar corre desde la citación con la demanda.
La asistencia familiar se cancela hasta la mayoría de edad de los hijos y se extiende hasta los 25 años si éstos estudian.
Si hubiera algún hijo con discapacidad irreversible la asistencia familiar es definitiva.
Si el padre no cancela la asistencia familiar se pide mediante memorial la LIQUIDACIÓN de lo adeudado, se notifica al padre y tiene 3 días para cancelar o procede con su apremio corporal e ingresa a prisión por 6 meses y sólo sale comprometiéndose a cancelar la deuda en el plazo de 3 meses o por algún acuerdo conveniente con la adeudada. Muchos padres huyen pensando que con el tiempo no cancelarán la asistencia familiar sin saber que ésta se acumula y no prescribe.