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QUISIERA PEDIR ASISTENCIA FAMILIAR AL PADRE DE MI HIJO ...
Fecha de Consulta: 2021-09-03: FAMILIA
Ola buena tarde quisiera pedir asistencia familiar al padre de mi hijo ya van Aser como 2 año q el no le da a mi hijo mi niño tiene 4 año y no le da nada y el se fue a chile no quiere darle ya e echo todo papele sólo s el le va los papele por eso quiero aser otra cosa más quiero aser todo para q el padre de mi hijo tiene q darle o meterlo preso para q el se responsabilidad me puede responder a mi celular porfavor
Fecha de Respuesta: 2021-09-12
Gracias por su consulta, reciba los más cordiales saludos de NETLEY. Para iniciar la demanda de asistencia familiar cuando se desconoce el domicilio del demandado dentro del territorio boliviano, se debe presentar la demanda de asistencia familiar, con la ayuda técnica de un abogado, requiriendo al Juez oficios a SERECI y SEGIP con el fin de que estas instituciones informen el último domicilio y/o domicilio actual y de esa manera poder notificarlos con la demanda de asistencia familiar de manera personal, por cédula o edictos. Lo recomendable es que usted inicie inmediatamente el proceso de asistencia familiar. El requisito más importante es el Certificado de Nacimiento en original de su hijo. El monto mínimo mensual de asistencia familiar en la actualidad es de Bs. 433, aunque el padre se excuse de no tener trabajo. Corre a partir de la citación con la demanda hasta la mayoría de edad y puede extenderse hasta los 25 años, siempre y cuando se demuestre que el beneficiario está estudiando. Es importante que usted tenga conocimiento de que si el padre no cancela la asistencia familiar se pide mediante memorial la liquidación de lo adeudado, se notifica al padre y tiene 3 días para cancelar. En caso de no cancelar la deuda, usted puede solicitar el mandamiento de apremio, para que se proceda con el apremio corporal e ingresa a prisión por 6 meses y sólo sale comprometiéndose a cancelar la deuda o por algún acuerdo conveniente con la adeudada. Muchos padres huyen pensando que con el tiempo no cancelarán la asistencia familiar sin saber que ésta se acumula y no prescribe. Por último le informamos que en caso de que persista el incumplimiento, la autoridad judicial dispondrá la hipoteca legal sobre los bienes del obligado que se mandará a inscribir de oficio. Después se podrá, disponer el embargo y la consiguiente venta de los bienes pertenecientes al obligado en la medida necesaria para cubrir el importe de las pensiones devengadas. Igualmente se puede solicitarse el arraigo del obligado. Para mayor precisión de la respuesta, en caso de ser insuficiente lo señalado, nos gustaría que nos pueda brindar mayor información. Agradecemos la confianza depositada en NETLEY, esperamos que nuestra respuesta haya sido de su agrado y satisfacción.
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