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MI MUJER ABANDONO MI HOGAR LLEVÁNDOSE A MIS HIJOS....
Fecha de Consulta: 2021-06-08: FAMILIA
hola quería hacerle una consulta por favor...... mi mujer se fue de mi casa llevándose a mis dos hijos que son pequeños una de 7 y el otro de año y 2 meses. hace 3 meses aproximadamente, que ella abandono el hogar la pregunta es ¿existe algún derecho para mi? ya que ella abandono mi hogar llevándose a mis hijos que solución podría dar al problema que estoy pasando. saludos y espero me puedan ayudar con este caso que me pone muy preocupado muchas gracias.
Fecha de Respuesta: 2021-06-10
Gracias por su consulta, reciba los más cordiales saludos de NETLEY. Lo primero que usted debe tener en cuenta es que usted tiene derecho al régimen de visitas de sus dos hijos. Usted debe acercarse a las oficinas de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y poner en conocimiento del abandono voluntario que hizo la madre de sus hijos, asimismo le darán una citación con la finalidad de que la madre de sus hijos aclare las razones por las cuales hizo el abandono con sus hijos. Dentro de esta reunión, usted puede solicitar que se le otorgue los días de visita para sus hijos, de la misma forma la madre podrá solicitar una asistencia familiar en favor de los 2 niños. Asimismo informarle que el monto mínimo mensual de asistencia familiar en la actualidad es de Bs. 433 por cada hijo, aunque el padre se excuse de no tener trabajo. Si el padre gana un mayor salario o tiene bienes o negocios rentables y esto se puede comprobar, y se procede con el incremento de la asistencia familiar. La asistencia familiar corre a partir de la notificación con la demanda, en caso de que el padre no responda a la demanda, el Juez de familia le asignará un defensor de oficio para que responda en su nombre y de continuidad al proceso. Por ultimo indicarle que en caso de incumplimiento del padre, se puede pedir la liquidación de lo adeudado con la ayuda técnica de un abogado y posteriormente notificar al padre, quien tiene 3 días para cancelar. En caso de no cancelar la deuda, usted puede solicitar el mandamiento de apremio, para que se proceda con el apremio corporal e ingresa a prisión por 6 meses y sólo sale comprometiéndose a cancelar la deuda o por algún acuerdo conveniente con la adeudada. Muchos padres huyen pensando que con el tiempo no cancelarán la asistencia familiar sin saber que ésta se acumula y no prescribe. Para mayor precisión de la respuesta, en caso de ser insuficiente lo señalado, nos gustaría que nos pueda brindar mayor información.
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