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ES CASO DE DIVORCIO DÓNDE QUIERO PEDIR ASISTENCIA FAMILIAR A MI EX ESPOSO QUE ES MINERO PORQUE YO SUFRÍ UN DERRAME CEREBRAL
Fecha de Consulta: 2022-06-16: FAMILIA
Es un caso de divorcio dónde quiero pedir asistencia familiar a mi ex esposo que es minero porque yo sufri un derrame cerebral
Fecha de Respuesta: 2022-07-07
Gracias por su consulta, reciba los más cordiales saludos de NETLEY. El proceso de Divorcio es la disolución del matrimonio en vida de los esposos, esta puede ser pronunciada notarialmente o judicialmente a pedido de uno de ellos o de ambos, por la ruptura del proyecto de vida en común. Los requisitos para el divorcio por la vía notarial son el consentimiento y aceptación de ambos cónyuges, que no existan hijos o que estos sean mayores de 25 años, este se tramita con la suscripción de un acuerdo regulador de divorcio ante un Notario de Fe Pública el mismo que emitirá testimonio de la escritura pública para su inscripción y cancelación en el SERECI. Para el Divorcio en la vía Judicial, si ambos cónyuges estén de acuerdo con el divorcio o desvinculación se debe suscribir un Acuerdo Regulador, en el que se plasmará en las clausulas la voluntad de ambos CÓNYUGES en cuanto a: la guarda y custodia de o los hijos; la fijación de una asistencia familiar mensual; se establecerá un régimen de visitas; y por último se determinará con respecto a la división y participación de bienes gananciales. Asimismo, se puede renunciar al término de los 3 meses y solicitar día y hora de audiencia de ratificación o desistimiento, en esta audiencia el Juez homologará el Acuerdo Regulador y declarara disuelto el vinculo matrimonial, para finalizar el procedimiento se pide la ejecutoria de la sentencia y se solicita testimonios para su inscripción y cancelación de la partida matrimonial en el SERECI. En caso de desacuerdo se resuelve ante un Juez de Familia, en el que se debe presentar los Certificados de Nacimiento en original, esta acción se ejerce por la o el CÓNYUGE, por sí o por medio de representación, una vez presentada la demanda se notifica a la otra parte y este tendrá 5 días hábiles para contestar a la misma, posteriormente el Juez convocara audiencia en el término de 3 meses a objeto de que se ratifique o desista de su demanda fijando día y hora de audiencia y emitirá resolución de medidas provisionales determinando guarda y tenencia del menor, fijando asistencia familiar y estableciendo un régimen de visitas, posteriormente dictará sentencia y se pide la ejecutoria de la sentencia y se solicita testimonios para su inscripción y cancelación en el SERECI. Para mayor precisión de la respuesta, en caso de ser insuficiente lo señalado, nos gustaría que nos pueda brindar mayor información. Agradecemos la confianza depositada en NETLEY, esperamos que nuestra respuesta haya sido de su agrado y satisfacción.
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