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MI PAREJA SE QUIERE IR DEL PAÍS...
Fecha de Consulta: 2021-10-08: FAMILIA
Doctor disculpe me quiero separar de mi marido y tenemos una niña de 1 año para recurrir a la asistencia familiar los papeleos debo hacerlo antes que me separé o después, es que mi pareja se quiere ir del país. Y si se escapa como puedo proceder? Y en Bolivia existe la pensión compensatoria? Y de que trata?
Fecha de Respuesta: 2021-10-14
Gracias por su consulta, reciba los más cordiales saludos de NETLEY. Lamentamos la situación por la que está atravesando en estos momentos, por lo que le recomendamos que para iniciar el proceso de divorcio, usted y su esposo podrían firmar un acuerdo regulador, con la ayuda técnica de un abogado, en el que manifiesten sus acuerdos con respecto a la guarda y custodia de su niña; sobre el régimen de visitas del progenitor que no obtenga la guarda; la asistencia familiar en favor de su hija; y la división y partición de bienes gananciales que hayan adquirido durante la vigencia de su matrimonio. Posteriormente cualquiera de las partes puede presentar este acuerdo regulador ante un Juez de familia para su homologación y cumplimiento del acuerdo entre partes. Asimismo indicarle que si no llegan a firmar un acuerdo regulador de divorcio, usted puede presentar su demanda de divorcio, ya que para que proceda el mismo, basta la voluntad de una de las partes. Se debe poner en conocimiento del Juez de Familia todos los antecedentes pertinentes, para que proceda a emitir algún criterio en los aspectos señalado en el anterior párrafo. En el caso de que su esposo viaje fuera del país, igual procede, ya que las notificaciones se realizaran en el último domicilio y se le nombrará un defensor de oficio. Con respecto a la pensión compensatoria esta procede solo en casos de fuerza mayor, es decir, si la mujer no pudiera trabajar por alguna condición de enfermedad que debe ser demostrada por Certificados Médicos del IDIF. Por último informarle la asistencia familiar corre a partir de la firma del documento o notificación con la demanda hasta la mayoría de edad y puede extenderse hasta los 25 años, siempre y cuando se demuestre que el beneficiario está estudiando. Muchos padres huyen pensando que con el tiempo no cancelarán la asistencia familiar sin saber que ésta se acumula y no prescribe, ya que usted puede solicitar una liquidación de las pensiones adeudadas en caso de incumplimiento. Para mayor precisión de la respuesta, en caso de ser insuficiente lo señalado, nos gustaría que nos pueda brindar mayor información. Agradecemos la confianza depositada en NETLEY, esperamos que nuestra respuesta haya sido de su agrado y satisfacción.
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